Financiación de Proyectos / Convocatoria abierta y permanente
Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos en materia de cooperación internacional para el desarrollo.
Beneficiarios
Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas subvenciones los ciudadanos españoles y extranjeros, así como las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas físicas: Haber cumplido la mayoría de edad.
- Personas jurídicas: Estar legalmente constituidas.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica: Cada una de las personas físicas o jurídicas que las integran deberán reunir los requisitos que según el caso determina este precepto y, además, estarán sometidas a las obligaciones que para las mismas establece el apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones.
En todos los casos:
- Disponer de los medios y la capacidad suficiente para realizar el proyecto o la actividad para los que se solicita la subvención, en particular la capacidad instalada de los recursos humanos y económicos del solicitante, la presencia en las regiones y los países de actuación, y la acreditada experiencia en los sectores de actuación.
- Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social españolas.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud de las ayudas y subvenciones recibidas con anterioridad de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
- Promoción de la igualdad de oportunidades que permitan generar un espacio para la capacitación y formación de derechos para la mujer y su inserción laboral, especialmente.
